Cataluña: una menor no puede abortar sin consentimiento paterno

Por Emiliano Quílez - 8 de Octubre, 2007, 10:09, Categoría: Cataluña



Cataluña: una menor no puede abortar sin  consentimiento paterno 


                  El juzgado contencioso-administrativo nº 12 d Barcelona ha anulado dos artículos de código odontológico del Colegio de Médicos de Cataluña. Los artículos 33 y 59 daban al médico la potestad de no informar a padres y tutores sobre un tratamiento a un paciente menor de edad "cuando lo considere con las suficientes condiciones de madurez" y permitían que las menores abortasen o se sometiesen a tratamiento de esterilidad sin el consentimiento de sus responsables legales.


                  El juez que ha dictado sentencia considera que el artículo 59 se desvía del planteamiento de la ley de autonomía del paciente. Además, recuerda que la legislación establece que el consentimiento corresponderá al menor si es mayor de 16 años y no está incapacitado, pero si la intervención es de gran riesgo, los padres deberán ser informados y escuchados necesariamente.


      La anulación del artículo 33 ha estado basada en que atribuye al médico la decisión de juzgar la madurez del menor, lo cual deja a sus padres en una "indefensión absoluta".


Emiliano Quílez

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